El propio acto de vender un coche de segunda mano puede llegar a apabullar a las personas que no estén acostumbradas. Estos trámites suelen mover una importante cantidad de dinero, implican procesos con los que fácilmente no estén acostumbrados y demás. Es normal que vendedor o comprador puedan tener dudas respecto algún aspecto.

En el siguiente texto queremos aportar algo de tranquilidad sobre la materia. Más concretamente hablaremos sobre en qué parte del contrato de venta de un vehículo de ocasión aparece la garantía.

La garantía del coche en el contrato de venta

Antes de nada, hay que mencionar que la garantía legal es una obligación ineludible del vendedor de vehículos. Es por ello que no es necesario que esta garantía venga definida en el contrato. Al ser obligatoria, la garantía sigue vigente se defina o no en el contrato. Por lo que no deberemos caer en el engaño de pensar que, por haber firmado un documento sin garantía, esta queda anulada.

contrato compraventa vehiculo

Tema aparte es la garantía comercial. Esta es optativa y sirve para complementar a la garantía obligatoria. Esta garantía optativa nunca puede limitar ni reducir las condiciones de la obligatoria.

La garantía comercial al tener condiciones propias sí debe plasmarse en una póliza. Por norma general, la póliza de esta garantía mecánica es un contrato independiente al de venta del vehículo. Esto no quita que sí sea viable detallar las condiciones de la garantía comercial en el propio contrato de compraventa.

En definitiva, la garantía legal no tiene porqué aparecer en el contrato de venta. En el caso de que el coche de segunda mano incluya garantía comercial esta sí debería aparecer en el contrato de venta o en un contrato propio.